División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización de Servicios Ambientales y de Energía
Al contestar refiérase
al oficio nro. 8834
20 de junio, 2019
DFOE-AE-0270
Señora
Erika Ugalde Camacho
Jefe de Área
Comisiones Legislativas III
Departamento Comisiones Legislativas
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Asunto: Opinión acerca del proyecto de ley denominado Reforma de varios
artículos, adición de los artículos 28 bis, 31 bis y el transitorio IX, y
derogatoria del artículo 58 de la Ley n.° 6043, Ley sobre la Zona Marítimo
Terrestre, de 2 de marzo de 1977, y sus reformas, expediente n.° 21.008
Se atiende el oficio n.° CEIZCF-010-2019, mediante el cual el Departamento de
Comisiones Legislativas solicita opinión de la Contraloría General sobre el proyecto de ley
denominado Reforma de varios artículos, adición de los artículos 28 bis, 31 bis y el
transitorio IX, y derogatoria del artículo 58 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre n.°
6043, del 2 de marzo de 1977, y sus reformas, expediente n.° 21.008. Al respecto, se
emite la siguiente opinión en lo atinente a la Hacienda Pública.
1.- Privatización de la Zona Marítimo Terrestre en las islas Chira, Caballo y Venado
Este proyecto de ley pretende excluir como bien de dominio público el territorio
restante a los 200 metros que comprende la Zona Marítimo Terrestre y el restante al
Patrimonio Natural del Estado de las islas Chira, Caballo y Venado, según la delimitación
que efectúe el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE); a efecto de privatizarlo a favor
de los pobladores de esas islas, mediante el otorgamiento de títulos de propiedad y
conforme con los estudios técnicos y sociales que ejecute el Instituto de Desarrollo Rural
(INDER) (artículos 9, 10).
Al respecto, cabe mencionar la tendencia observada en proyectos de ley, al menos
en los últimos quince años, de privatizar la Zona Marítimo Terrestre, a efecto de que ésta
sea titulada a fav ...
Fecha publicación: 23/06/2019
Fecha emisión: 20/06/2019
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2019
R-DCA-0136-2019
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las trece horas cincuenta y nueve minutos del doce de
febrero de dos mil diecinueve.------------------------------------------------------------------------------
RECURSO DE REVOCATORIA interpuesto por la empresa CONSTRUCTORA GASA
SOCIEDAD ANÓNIMA, en contra de la resolución No. R-DCA-0099-2019, de las
catorce horas veintitrés minutos del primero de febrero de dos mil diecinueve, por el cual
se resolvió recurso de objeción interpuesto por la empresa CONSTRUCTORA GASA
SOCIEDAD ANÓNIMA, en contra del cartel de la LICITACIÓN ABREVIADA N°
2019LA-000002-001800001, promovida por el SERVICIO NACIONAL DE AGUAS
SUBTERRÁNEAS, RIEGO Y AVENAMIENTO (SENARA), para “Construcción de
puente ferroviario sobre Quebrada Chocolate, contiguo al puente Envaco”.-------------------
RESULTANDO
I. Que mediante resolución número R-DCA-0099-2019, de las catorce horas veintitrés
minutos del primero de febrero de dos mil diecinueve, esta Contraloría General resolvió
rechazar de plano el recurso de objeción interpuesto por la empresa Constructora Gasa
S.A, en contra del cartel del procedimiento de Licitación Abreviada N° 2019LA-000002-
001800001, promovida por Senara, para “Construcción de puente ferroviario sobre
Quebrada Chocolate, contiguo al puente Envaco”.---------------------------------------------------
II. Que en el procedimiento se han observado las prescripciones constitucionales,
legales y reglamentarias respectivas.--------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. SOBRE LA ADMISIBILIDAD DE LA GESTIÓN INTERPUESTA. La empresa
gestionante argumenta que advierte sobre un posible, evidente y manifiesto vicio de
nulidad respecto de lo resuelto a las catorce horas veintitrés minutos del primero de
febrero de dos mil diecinueve mediante resolución No. R-DCA-0099-2019, pues la
citada resolución es ...
Fecha publicación: 15/02/2019
Fecha emisión: 12/02/2019
Institución: SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRANEAS RIEGO Y AVENAMIENTO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2019
División de Contratación Administrativa
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01773
08 de febrero de 2019
DCA-0517
Señor
William Astúa Meléndez
Director Administrativo
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
Estimado señor:
Asunto: Se da respuesta Consulta sobre lineamientos jurídicos vigentes para
regular el tema de fideicomiso de vivienda en las instituciones públicas.
Se atiende el oficio n° DAD-0003-2019 del 07 de enero del año en curso, mediante
el cual solicita criterio de la Contraloría General de la República (CGR) para poder
determinar si cuales son los lineamientos jurídicos vigentes para regular el tema de
fideicomisos de vivienda en las instituciones públicas, así como el tipo de concurso
público que debe realizarse, con base en la Ley de Contratación Administrativa y su
reglamento, a efectos de suscribir los servicios de Administración en el nuevo contrato de
Fideicomiso para el Financiamiento de Vivienda a los funcionarios del Registro Nacional
Al respecto, corresponde aclarar que no existen lineamientos específicos que
regulen un fideicomiso como el que se menciona en su nota. Corresponda a cada
Administración determinar, conforme al marco legal que regula sus funciones y
competencias, las normas que regulan el tipo de actividad que desea realizar a través de
un fideicomiso, ponderando lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos, n° 8131, así como lo que
corresponda del Código de Comercio y demás normas que le sean aplicables.
Por o ...
Fecha publicación: 11/02/2019
Fecha emisión: 08/02/2019
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2019
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12931
20 de diciembre de 2011
DCA-3352
Señor
Pablo Masís Boniche
Director
C.T.P José Albertazzi Avendaño
Estimado señor:
Asunto: Procedimiento para calcular el presupuesto promedio para la adquisición de
bienes y servicios no personales y el estrato presupuestario para la aplicación de
procedimientos de contratación administrativa.
Se brinda respuesta a su oficio CTPJAA-271-2011 del 14 de octubre de este año, mediante el
cual solicita el procedimiento correspondiente para que se valore la posibilidad de subir de
estrato a esa institución, siendo que actualmente las Juntas Administrativas, se ubican en el J.
Sobre el particular, se tiene que para determinar y publicar el monto del presupuesto promedio
para la adquisición de bienes y servicios no personales correspondiente a cada Administración y
por ende, del respectivo estrato presupuestario, es indispensable que los órganos o entidades que
no se encuentran sujetos a la aprobación presupuestaria de la Asamblea Legislativa o de la
Contraloría General, remitan oportunamente a esta División, una certificación en la que conste
el monto de las partidas que respaldan la adquisición de bienes y servicios no personales
incluidas en el presupuesto ordinario aprobado por el nivel superior de la Administración.
Cabe indicar que el pasado 7 de noviembre, se le solicitó -vía telefónica- a la funcionaria de esa
institución Yerlyn Chacón, la información mencionada en el párrafo anterior, a efecto de
realizar los cálculos correspondientes, sin que a la fecha se haya aportado lo requerido. En
consecuencia, no resulta posible para este Despacho realizar el cálculo respectivo como parte de
esta gestión.
Atentamente,
Lic. German Brenes Roselló Ing. Martina Ramírez Montoya
Gerente de División ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 20/12/2011
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2011
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 10966
7 de noviembre de 2011
DCA-2916
Miembros de Comisión
Dra. María Dolores Hermosín
Directora de LANASEVE
Licda Yessenia Rodríguez Navarro
Directora Administrativa Financiera
M.B.A José Luis Meneses G
Coordinador Unidad de Proveeduría
Dr. Gilberto Venegas
Director de Operaciones Regionales
Licda Alejandra Bolaños Asesora Legal
Doctora Ligia Quirós Gutiérrez
Directora General
Servicio Nacional de Salud Animal
Ministerio de Salud
Estimados señores:
Asunto: Se acusa recibo de informe final programas de Emergencia AH1N1 y Cinchona
relativas a la autorización de contratación directa autorizada mediante el oficio No 8386 del 11 de
agosto de 2011.
Damos por recibido el oficio No SENASA-DG-1375-2011 mediante el cual nos remite el
informe final de programas de Emergencia AH1N1 y Cinchona relativas a la autorización de
contratación directa autorizada mediante el oficio No 8386 del 11 de agosto de 2011.
Sobre el particular, como ustedes lo saben, esta Contraloría General, mediante el oficio No
8386 del 11 de agosto de 2009, autorizó las contrataciones de comentario mediante procedimiento
especial de bienes, para atender las emergencias por el terremoto de Cinchona y por la gripe N1H1,
por ¢500.000.000 y ¢174.750.000, ya que en ese momento encontramos que las emergencias que
vivía el país eran latentes en sus consecuencias inmediatas, por su impacto en la salud pública y
ameritaban procesos expeditos de contratación para dotar a SENASA de los bienes y servicios para
atender esa emergencia en el campo que el compete y conforme las reglas técnicas y legales
orientadoras de su actividad, sea la protección de la salud animal y la salud pública veterinaria,
conforme el artículo primero de la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal.
En dicha autorización se les advirtió que “C ...
Fecha publicación: 10/11/2011
Fecha emisión: 07/11/2011
Institución: SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2011
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10868
4 de noviembre, 2011
DFOE-PG-396
Licenciado
Luis Eduardo Peraza Murillo
Director Nacional
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE Y LA RECREACIÓN
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre si los superávit que reportan las asociaciones o federaciones
deportivas de los recursos que les transfiere el ICODER, son considerados
libres o específicos y otros aspectos de interés.
Mediante oficio DN-2274-09-2011 solicita el criterio de esta Contraloría General sobre si
los superávit que reportan las asociaciones o federaciones deportivas de los recursos que les
transfiere el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), son considerados
libres o específicos, a efecto de determinar la aplicación del Decreto Ejecutivo N° 34040-H.
Adjunta a su gestión el criterio de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, el
cual concluye que esos superávit son libres y no específicos, por lo cual les aplica el decreto
ejecutivo supracitado. Manifiesta que la Secretaría Técnica indica que le corresponde a este
órgano contralor autorizar el gasto de los superávit a las asociaciones o federaciones
correspondientes. Agrega que la Secretaría Técnica no concreta la respuesta esperada por
cuanto el mismo decreto ejecutivo dictamina que los superávit son de las entidades y que
solamente se deben aplicar en gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, aspecto
sobre el que versa la consulta planteada. Adicionalmente señala que la tarea normal de esas
entidades deportivas se concentra, precisamente en actividades cuyo objeto del gasto se refleja
en cuentas o renglones presupuestarios no autorizados por el decreto ejecutivo en mención,
tales ...
Fecha publicación: 07/11/2011
Fecha emisión: 04/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2011
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 10564
28 de octubre, 2011
DCA-2821
Licenciado
Francisco Segura Montero
Subdirector General
Organismo de Investigación Judicial, Poder Judicial
Estimado señor:
Asunto: Se da acuse de recibo de su nota, a la vez que se atiende la inquietud planteada en
su nota 713-DG-11.
Nos referimos a su nota 713- DG-11 mediante la cual se permite “trasladar la necesidad que tiene
este organismo de suscribir un contrato con el Instituto Costarricense de Electricidad para la
formalización de los servicios de interconexión del sistema de radio troncalizado”.
Conocido el contenido de su nota, se procede a señalar lo siguiente:
1. Se da acuse de recibo del oficio 713- DG-11.
2. Objeto de la gestión presentada
Ese Organismo no plantea un trámite específico, siendo que en su nota se describe una situación
que se genera entre el O.I.J. y el ICE respecto a la intención de suscribir un convenio, para el uso
del sistema troncalizado terrestre que pertenece al primero, específicamente para el “suministro de
servicios de radiocomunicación móvil por medio del sistema de radio troncalizado”.
Se indica en su nota que la celebración del convenio no se ha dado aún, pese al acercamiento que el
O.I.J. ha buscado con el ICE y a fin de evitar que se continúe con el pago de un servicio que se
realiza como “contratación irregular”. Aporta copia del oficio 226-OR-10 dirigido al ICE en
relación con este tema, así como el borrador del documento cuya firma se plantea.
Refiere además a una de las condiciones establecidas en el Oficio No.12995-2008, dirigido al ICE y
emitido por este órgano contralor, en el cual se le indicó que debía mantener al día los convenios
con los distintos usuarios del sistema troncalizado terrestre.
2
Sobre el particular, ha de indicarse lo siguiente:
? Este órgano contralor no está ...
Fecha publicación: 02/11/2011
Fecha emisión: 28/10/2011
Institución: NO APLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2011
R-DCA-452-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa San José, a las once horas del catorce setiembre de dos mil once---------------
Recursos de revocatoria interpuestos por las empresas Servicios Profesionales en
Orientación, Trabajo Social y Promoción de la Zona Huetar Norte S. A. y por Urcozón
R. L, en contra del acto de declaratoria de infructuoso de la licitación pública 2011LN-
000002-06, promovida por el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) para la contratación
de servicios de capacitación y formación profesional en el subsector de informática.------------
RESULTANDO
I. La empresa Servicios Profesionales en Orientación, Trabajo Social y Promoción de la Zona
Huetar Norte S. A. interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio, ante la
Administración el pasado 10 de agosto de 2011. El 5 de setiembre del año en curso presenta
escrito ante este órgano contralor, donde señala que presenta el recurso ante esta instancia a
fin de acogerse a la apelación interpuesta por el Consorcio Capacitación Tecnológica y hace
ver que presentó oportunamente recurso de revocatoria con apelación en subsidio ante el
INA. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. El INA, mediante oficio No. AL-1517-2011 del 8 de setiembre recién pasado, al contestar
audiencia inicial al recurso de apelación interpuesto por el Consorcio Capacitación
Tecnológica, pone en conocimiento de este Despacho, y remite copia de los recursos de
Servicios Profesionales en Orientación, Trabajo Social y Promoción de la Zona Huetar Norte
S.A y Urcuzón R.L..----------------------------------------------------------------------------------------
III. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y
reglamentarias, y, ------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDE ...
Fecha publicación: 20/09/2011
Fecha emisión: 14/09/2011
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE (INA)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2011
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 08076
29 de agosto del 2011
DCA-2208
Licenciado
Luis Eduardo Évora Castillo
Fax. 2240-6411
Estimado señor:
Asunto: Se da respuesta a su nota ingresada con el número 12493.-
Mediante Oficio No. DCA-1965, se dio acuse de recibo a su nota ingresada con el número 12493, a
la vez que se le indicaba que este órgano contralor había pedido un informe a la C.C.S.S. respecto
al estado de las contrataciones realizadas al amparo del oficio No. 07700-2008, así como las
medidas y acciones emprendidas en relación con el Concurso Público 2006LN-000025-1142, lo
anterior con la objetivo de valorar dicha información a la luz de lo que usted plantea.
Habiéndose recibido la respuesta por parte de la C.C.S.S., mediante Oficio GF-33.013, recibido el
pasado 23 de agosto, ha de indicarse lo siguiente:
i. En términos generales, las gestiones autorizadas por este órgano contralor en relación
con las contrataciones directas concursadas, encuentran asidero jurídico en la Ley de
Contratación Administrativa y su Reglamento, encontrándose la Contraloría General
facultada para ello, al ser ello parte de sus competencias.
ii. La autorización de contratación directa extendida mediante oficio No. 07700-2008,
tomó en consideración las justificaciones y razonamientos expuestos por la
Administración a la hora de tramitar la solicitud, mismas que fueron valoradas por este
órgano contralor para no afectar el interés público, sin que dicho acto tuviese la
intención de obstruir o retardar la culminación de un procedimiento de compra
ordinario.
iii. El órgano contralor autorizó la solicitud planteada, condicionada al cumplimiento de
una serie de observaciones, cuyo cumplimiento queda bajo la responsabilidad de la
C.C.S.S.
iv. Tratándose del refrendo de los contratos derivados de la Licitación Pública 2006LN-
000025-1142, la Adm ...
Fecha publicación: 01/09/2011
Fecha emisión: 29/08/2011
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2011
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 07659
18 de agosto de 2011
DCA-2108
Señor
Edgar E. Mora Altamirano
Alcalde Municipal
Municipalidad de Curridabat
Estimado señor:
Asunto: se contesta la aclaración solicitada sobre el régimen de prohibiciones que cubre a la
empresa MATRA LTDA y su aplicación al contrato suscrito con la Municipalidad de Curridabat, y
se rechaza la solicitud de reconsideración de la denegatoria de refrendo de dicho contrato.
Nos referimos a su oficio AMC-0399-08-2011 del 4 de agosto del presente año, mediante el
cual solicita la aclaración y reconsideración referida en el asunto.
I. Antecedentes.
1) Que mediante oficio N° 03571 del 25 de abril de 2011 (DCA-1041) se denegó el refrendo
contralor al contrato suscrito entre la Municipalidad de Curridabat y la empresa MATRA
LTDA para la compra de dos vagonetas, por encontrarse esta última cubierta por el régimen
de prohibiciones para contratar con la Administración.
2) Que en dicho oficio se dijo sobre la prohibición que cubría a la empresa MATRA LTDA lo
siguiente: “se configuraron los supuestos de la causal de prohibición que prevé los incisos
h) e i) del artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, dado que hasta el día
catorce de marzo del corriente, el señor Rodolfo Echeverría Martín, sobrino de la señora
Viviana Martín Salazar, ostentaba la calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma
de la empresa adjudicataria. Mientras que ese poder fue revocado hasta el día catorce de
marzo del 2011 y en consecuencia mantuvo durante todo ese tiempo la representación de la
empresa adjudicataria. En virtud de las anteriores consideraciones, debe reiterar este
órgano contralor que el hecho generador de la prohibición es el nombramiento de la
señora Vivina Martín Salazar como Diputada, siendo que de forma expresa indica el
artículo 22 bis de la citada nor ...
Fecha publicación: 23/08/2011
Fecha emisión: 18/08/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2011